Hitos importantes de nuestras cooperativa.
El 16 de octubre de 1980 nació COOPEPANI inicialmente con diez personas que conformaron la Junta Directiva provisional, posteriormente se logró tener a los primeros cincuenta asociados con los que se realizó la primera Asamblea. El máximo de asociados que tuvo como COOPEPANI fue el 60% del total de funcionarios del PANI o sea 360 asociados (as).
Lo que sí es importante agregar es que la membresía era representativa de todos los gremios que componían la institución y de todas las zonas del país..
El 1º de diciembre de 1989 la Asamblea General de Asociados aprobó la apertura de la cooperativa por unanimidad, opción que fue analizada durante dos años. Esta apertura quiere decir que COOPEPANI deja de ser cooperativa cerrada y se abre con el nombre de COOPENACIONAL R.L. para asociar a personas de otras instituciones y empresas, hoy día la asamblea se denomina Asamblea General de Delegados y no de asociados.
Lo que motivó a la administración de Coopepani a presentar este proyecto es que la acción de la cooperativa estaba enmarcada en una institución con gran inestabilidad de trabajadores donde existía un permanente movimiento de éstos y un gran número de ellos(as) eran interinos y cubriendo vacaciones y permisos, además el PANI era una de la instituciones más pequeñas (600 empleados).
Con este proyecto de apertura se pensó en tener una cooperativa consolidada y desarrollada lo cual no era factible en las anteriores condiciones. Se sabía del riesgo que se corría, sin embargo la administración consideró que aún existía un gran potencial de personas por asociar quienes podrían aportar muchos recursos, también habían muchas instituciones financieras dispuestas a canalizar sus recursos para solventar las necesidades de éstos asociados potenciales.
Primer Principio: Membrecía abierta y voluntaria.
Las cooperativas son organizaciones voluntarias abiertas para todas aquellas personas dispuestas a utilizar sus servicios y dispuestas a aceptar las responsabilidades que conlleva la membrecía sin discriminación de género, raza, clase social, posición política o religiosa.
Segundo Principio: Control democrático de los miembros.
Las cooperativas son organizaciones democráticas controladas por sus miembros, quiénes participan activamente en la definición de políticas y en la toma de decisiones. Los hombres y mujeres elegidos para representar a su cooperativa responden ante los miembros. En las cooperativas de base los miembros tienen igual derecho de voto (un miembro, un voto), mientras que las cooperativas de otros niveles también se organizan con procedimientos democráticos.
Tercer Principio: Participación económica de los miembros.
Los miembros contribuyen de manera equitativa y controlan de manera democrática el capital de la cooperativa. Por lo menos una parte de ese capital es propiedad común de la cooperativa. Usualmente reciben una compensación limitada, si es que la hay, sobre el capital suscrito como condición de membrecía. Los miembros asignan excedentes para cualquiera de los siguientes propósitos: el desarrollo de la cooperativa mediante la posible creación de reservas, de las cuales al menos una parte debe ser indivisible; los beneficios para los miembros en proporción con sus transacciones con la cooperativa y el apoyo a otras actividades, según lo apruebe la membrecía.
Cuarto Principio: Autonomía e independencia.
Las cooperativas son organizaciones autónomas de ayuda mutua controladas por sus miembros. Si entran en acuerdos con otras organizaciones (incluyendo gobiernos) o tienen capital de fuentes externas, lo realizan en términos que aseguren el control democrático por parte de sus miembros y mantengan la autonomía.
Quinto Principio: Educación, entrenamiento e información.
Las cooperativas brindan educación y entrenamiento a sus miembros, a sus dirigentes electos, gerentes y empleados, de tal forma que contribuyan eficazmente al desarrollo de sus cooperativas. Las cooperativas informan al público en general -particularmente a jóvenes y creadores de opinión- acerca de la naturaleza y beneficios del cooperativismo.
Sexto Principio: Cooperación entre cooperativas.
Las cooperativas sirven a sus miembros más eficazmente y fortalecen el movimiento cooperativo. Trabajando de manera conjunta por medio de estructuras locales, nacionales, regionales e internacionales.
Séptimo Principio: Compromiso con la comunidad.
La cooperativa trabaja para el desarrollo sostenible de su comunidad por medio de políticas aceptadas por sus miembros.
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